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ECONOMÍA COLABORATIVA, UN NUEVO ESCENARIO DE CONSUMO

ECONOMÍA COLABORATIVA, UN NUEVO ESCENARIO DE CONSUMO

LOS CONSEJOS DE LA OMIC

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CARAVACA DE LA CRUZ

Jueves, 21 de septiembre 2017

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El desarrollo de las nuevas tecnologías ha facilitado la aparición de un nuevo modelo de economía, basado en compartir e intercambiar bienes y servicios, al que se ha denominado como economía colaborativa.

Se han alterado las relaciones clásicas entre proveedores y consumidores conectados a través de plataformas e intermediarios.

Los profesionales proveedores de servicios están sujetos a las disposiciones de consumo recogidas por la legislación nacional y comunitaria, mientras que los particulares únicamente serán responsables de las obligaciones recíprocas de informar a la contratación privada.

ALOJAMIENTO TURÍSTICO COLABORATIVO

Todo apunta a que los establecimientos hoteleros tradicionales tendrán por delante el reto de aprender a convivir con este nuevo tipo de hospedaje.

La posibilidad de intercambio de alojamiento no es nada nuevo, pero las nuevas tecnologías han hecho que adquiera una dimensión muy diferente, con características propias.

A través de plataformas intermediarias, particulares y profesionales ofrecen alojamiento de corta duración a turistas.

Las plataformas no tienen la obligación de realizar controles previos de contenido publicado, por lo que carecen de responsabilidad en caso de que las ofertas presentadas no se ajusten a la realidad, ofrezcan servicios inexistentes o incumplan cualquier tipo de normativa reguladora del sector.

Sin embargo, ya hay algunas plataformas que ofrecen controles internos y cuentan con actividades de monitorización, mejorando de esta manera la satisfacción del usuario. Es importante mencionar que estas plataformas no se responsabilizarán, en ningún caso, de las transacciones que el usuario realice fuera de su página, como sería el caso de una transferencia bancaria.

En el caso de producirse cualquier incidencia en relación al servicio prestado y la veracidad de la oferta, el responsable último en este tipo de transacciones es el particular o profesional que pone a disposición de los usuarios el alojamiento con ánimo de lucro.

TRANSPORTE COLABORATIVO

El transporte y el alojamiento representan los sectores más importantes en el desarrollo de la economía colaborativa.

A partir de la idea de que los vehículos se encuentran, por lo general, infrautilizados, surge el transporte colaborativo.

En este sector encontramos servicios prestados con y sin ánimo de lucro, distinción que supone una gran diferencia en cuanto a la protección al consumidor.

Para saber si existe ánimo de lucro, hay que comprobar si hay libertad de establecimiento de precios. Se presume que las plataformas que establecen límites en el precio que sus proveedores pueden cobrar, carecerán de ánimo de lucro y estarán excluidos del ámbito de aplicación de la regulación de consumo. En caso contrario, los consumidores estarán amparados por la regulación propia del sector, y los profesionales estarán sujetos a la misma.

SERVICIOS PROFESIONALES COLABORATIVOS

Están regulados por la legislación aplicable en el sector. Al tratarse de profesionales, las obligaciones serán las mismas que las establecidas para la contratación electrónica. Es importante resaltar que es el profesional, y no la plataforma, el objeto de posibles reclamaciones.

RECOMENDACIONES GENERALES PARA LOS USUARIOS

El consumo colaborativo viene a plantear una nueva realidad, una nueva relación entre los propios consumidores, marcada por nuevos procesos y reglas. Dejando a un lado la necesidad de un proceso de reflexión por parte de las autoridades sobre el futuro marco al que deberán ceñirse estas plataformas, es importante que los propios usuarios de estos servicios estén atentos y sigan algunos consejos a la hora de realizar estas transacciones.

De manera previa a la celebración del contrato, es recomendable ponerse en contacto con el proveedor del servicio en caso de que no sepa si éste es un profesional o particular, para conocer el grado de protección que le ampara en la operación.

Utilizar los servicios de pago ofrecidos por la plataforma, ya que en caso de incumplimiento de lo acordado, podría recuperar parcial o totalmente su dinero. Evite transferencias bancarias porque no pueden ser revertidas una vez efectuado el pago.

Recuerde que el contenido alojado por el intermediario no está sujeto a control previo.

Los servicios que no sean prestados por profesionales no están amparados por el régimen general de protección al consumidor. Al ser una operación entre particulares, estará regulada por las disposiciones generales del Código Civil.

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